Normativa 2022
Si te mueves en patinete o ciclomotor eléctrico de manera habitual, seguramente te hayas preguntado si estás saltándote alguna norma, sin ni siquiera haberte dado cuenta.
Para ahorrarte el tiempo y el esfuerzo de entender toda la legislación, en WECO te hacemos un resumen de los puntos clave que debes tener en cuenta si circulas en patinete eléctrico.
¡Vamos a por ello!
¿Qué vehículo conduces?
Elige entre patinete o ciclomotor para descubrir la normativa vigente según la DGT:
Nueva normativa de la DGT aplicable en 2022 – Resumen
La normativa vigente de la DGT, que entró en vigor el 2-Enero-2021, impone lo siguiente para los patinetes eléctricos:
Velocidad máxima permitida
Velocidad máxima de circulación de 25 km/h.
¿Es obligatorio contratar un seguro?
No hay obligación de contratar un seguro si el patinete es para uso particular (sí será obligatorio para empresas que alquilen patinetes).
Todos los patinetes eléctricos que comercializa WECO son patinetes homologados como VMP (Vehículo de Movilidad Personal) y no necesitan un seguro. Pero esto no quiere decir que en breve sea obligatorio el de responsabilidad Civil.
Con el seguro tendrás la tranquilidad de estar cubierto ante cualquier accidente, daño o lesión que puedas provocar a otros conductores o peatones (si provocas un accidente, las indemnizaciones pueden llegar a decenas de miles de euros ).
Dicho esto, es importante recordar también que, según dice la normativa nacional, cada Ayuntamiento individual tendrá la autoridad para poder exigir la contratación de un seguro a los patinetes eléctricos VMP.
¿Es obligatorio pagar el impuesto de circulación municipal?
Un patinete eléctrico (VMP) no necesita pagar impuesto de circulación municipal (ni ningún otro impuesto).
¿Por dónde puedo circular?
De manera general, un patinete eléctrico debe circular por el carril bici.
Aspectos a tener en cuenta:
- Siempre se debe circular por los carriles bici y zonas habilitadas para bicicletas. Se deben respetar semáforos, pasos de cebra, etc. Y los peatones siempre tendrán preferencia.
- Si en una zona no hubiera carril bici, entonces los patinetes eléctricos deben circular por la carretera/calzada, al igual que lo haría una bici.
- En las calles cortadas al tráfico, los patinetes pueden circular por la carretera/calzada, de igual manera que lo haría una bici.
- Los patinetes eléctricos también pueden circular por parques, y por la carretera/calzada de las calles totalmente peatonales.
- No está permitido circular por las aceras con un patinete eléctrico.
¿Por dónde NO se puede circular?
No se puede circular por las aceras, zonas peatonales, travesías, vías interurbanas, autopistas y autovías, ni tampoco por túneles urbanos.
¿Cuántas personas pueden circular?
Solo puede circular 1 persona en el patinete (son vehículos monoplaza).
¿Puedo usar el patinete con auriculares?
Está prohibido circular habiendo bebido alcohol, usando el móvil o con auriculares puestos.
¿Es obligatorio que lleve luces?
Sí, es obligatorio que un patinete eléctrico tenga sistema de iluminación y en breve llegarán con indicadores de dirección.
En concreto, los patinetes eléctricos deben tener luz frontal (color blanco), y luz trasera (color rojo).
Además, las luces deben usarse en las mismas situaciones y lugares que se utilizarían en un coche o una moto. Es decir, debes usar las luces de noche, en los túneles, con lluvia o niebla, etc.
¿Qué debo enseñar a un agente de policía?
Si la policia te lo pide, debes enseñar la ficha técnica que proporciona el fabricante, donde debe figurar que el patinete cuenta con la homologación CE europea. Esto puede ser en papel impreso o en el móvil, y se descarga normalmente de la web del fabricante.
No es necesario Permiso de Circulación (vehículo), ni de Carnet de Conducir (persona).
A partir de finales de 2022 será necesario un nuevo Certificado de Circulación, que emitirá la DGT y tendrán que gestionar cada uno de los fabricantes. Este certificado lo proporcionará el fabricante a sus clientes.
¿Qué hago si tengo un accidente?
Lo primero que debes hacer es intercambiar los datos personales con la otra persona implicada en el accidente.
Además, si hay daños graves a cualquiera de los vehículos, o hay alguna persona herida, debes llamar a la policía para que os ayuden y se encarguen de tramitar todo lo necesario.
¿Qué multas me pueden poner?
- Conducir superando la tasa de alcohol: entre 500 y 1000€ (+inmovilización del vehículo).
- Conducir bajo efecto de otras drogas: 1000€ (+inmovilización del vehículo).
- Negarse a realizar pruebas de alcoholemia o drogas: es un delito (pena de prisión de 6 meses a 1 año, y privación del derecho a conducir de 1 a 4 años).
- Conducir mientras usas auriculares: 200€
- Conducir mientras usas el móvil: 200€
- Conducir por aceras y zonas peatonales: 200€ (excepto en municipios que así lo permitan expresamente).
- Conducir 2 o más personas en el patinete: 100€
- No utilizar casco: 200€ (solo será aplicable en municipios que obliguen a utilizar casco en patinete eléctrico).
- No utilizar luces: 200€
¿Hay una edad mínima para circular en patinete eléctrico?
Aunque esto de ir en patinete pueda parecer cosa de niños/as, ahora, con la regulación del patinete eléctrico, este pasa a ser considerado como un vehículo (VMP).
Es por esta razón que la edad mínima permitida para conducir un patinete eléctrico es de 16 años.
*No obstante, la Ordenanza Municipal correspondiente a cada localidad puede variar esta norma.
¿Es obligatorio el uso del casco?
La normativa nacional dice que el uso del casco lo debe regular cada Ayuntamiento, de manera particular. Por tu seguridad cualquier prevención para evitar daños en un accidente es recomendable. Aún no siendo obligatorio, desde WECO aconsejamos su uso en cualquier situación.
Usa cascos que no disminuyan la visibilidad ni sean molestos para la conducción.
Todas las políticas de movilidad y seguridad vial que desarrollan las administraciones locales cuentan con un objetivo principal: la reducción de la siniestralidad en el ámbito urbano. Por lo que su obligatoriedad será cuestión de tiempo.
¿Es obligatorio matricular mi patinete eléctrico?
No es obligatorio matricular tu patinete eléctrico mientras cumpla con los requisitos para ser considerado un VMP (Vehículo de Movilidad Personal).
¡No te preocupes! Al igual que el seguro, todos los patinetes eléctricos que comercializa WECO son patinetes homologados como VMP y no necesitan un matricula .
¿Qué requisitos tiene que cumplir un patinete eléctrico para ser considerado un Vehículo de Movilidad Personal (VMP)?
- Tener 1 o más ruedas.
- No transportar más de 1 persona.
- Estar propulsado únicamente por motor/es eléctrico.
- Tener una velocidad máxima (por diseño) entre 6 y 25 km/h.
- No llevar asiento ni sillín.
¿Puedo poner un asiento?
No hay ninguna normativa que impida colocar un asiento a tu patinete eléctrico. Sin embargo, debes saber que si colocas un asiento, tu patinete eléctrico dejará de estar homologado como Vehículo de Movilidad Personal (VMP), y tendrás que cumplir ciertos requisitos especiales para poder circular con él.
Colocar un asiento en un patinete eléctrico NO es ilegal, ni está prohibido.
Simplemente tu patinete deja de ser un VMP, y tiene una categoría similar a la de un ciclomotor (categoría L1E).
¡Atención! Existe una excepción al caso general: y es que un patinete eléctrico con asiento sí puede ser considerado un VMP en caso de que cuente con sistema de auto-equilibrado. Este tipo de patinetes son muy raros e infrecuentes, y ninguna de las grandes marcas de patinetes fabrican modelos con estas características.
(Este tipo de vehículos VMP con asiento y autoequilibrados, no suelen tener el formato de patinete, sino que suelen ser del tipo Hoverboard con asiento, o Segway con asiento).
Si mi patinete eléctrico no cumple los requisitos para ser un VMP (ej: por tener un asiento), ¿Qué necesito para poder circular legalmente?
Si tu patinete no cumple con los requisitos para ser considerado un VMP (Vehículo de Movilidad Personal), necesitarás lo siguiente para poder circular:
- Permiso de circulación.
- Autorización administrativa para conducir: es un papeleo que se hace en el ayuntamiento (no es necesario carnet de conducir).
- Tarjeta de ITV.
- Una matrícula.
- Un seguro.
- Llevar casco.
* Recuerda que NO necesitas cumplir ninguno de los requisitos anteriores para circular por zonas privadas, parques, urbanizaciones…, aunque tu patinete NO sea un VMP.
Tipos de patinetes eléctricos
Tipo A: Es el tipo de patinete más básico, que no alcanza los 20 km/h. Pertenecen a esta categoría aquellos clasificados como juguetes (que por diseño no pueden superar los 6 km/h). Este tipo de patinetes no pueden circular por la calzada en la mayoría de municipios, y deben circular por carriles bici.
Tipo B: Es el patinete más común, con una velocidad que no debe superar los 30 km/h (suele estar limitada por el fabricante a 25 Km/h para obtener la homologación de VMP). A este Tipo pertenecen la mayoría de modelos más vendidos. No es necesario seguro y tampoco matricularlos mientras cumplan con los requisitos para ser un VMP.
Tipo C: Están clasificados a su vez en 3 subcategorías (C0, C1 y C2). Estos suelen ser ya vehículos de bastante peso y con una velocidad máxima considerable. Dentro de este Tipo ya no encontramos patinetes más bien vehículos eléctricos de 2 o 3 ruedas, destinados al reparto de mercancías o al transporte de personas.
Normativa de la DGT aplicable en 2022 – Resumen
La normativa vigente de la DGT, impone lo siguiente para los ciclomotores:
Velocidad máxima permitida
Los ciclomotores son vehículos provistos de un motor de cilindrada no superior a 50 centímetros cúbicos y con una velocidad máxima por construcción no superior a 45 km/h.
Permisos válidos para conducir un ciclomotor
Para poder conducir un ciclomotor es preciso:
- Obtener el permiso de conducción AM, expedido por las Jefaturas Provinciales de tráfico.
- Estar en posesión de un permiso de conducir de la clase B.
Una vez obtenido el permiso, debes llevarlo siempre que conduzcas, enseñárselo a los agentes del tráfico cuando lo soliciten y renovarlo periódicamente, para que no caduque.
Documentación necesaria para circular
- Permiso de circulación del vehículo, que es el documento en el que figuran todos los datos del ciclomotor, además del nombre del titular.
- Ficha técnica o tarjeta ITV, que deberá entregar la casa comercial que nos ha vendido el ciclomotor.
- Además de estos dos documentos, para poder circular es necesario contratar el Seguro Obligatorio para cubrir los daños personales y materiales que puedan ocurrir.
¿Puedo usar el patinete con auriculares?
Se prohíbe conducir utilizando cascos o auriculares conectados a aparatos receptores o reproductores de sonido o utilizando el teléfono móvil durante la conducción, excepto cuando el desarrollo de la comunicación pueda realizarse sin emplear las manos ni usar cascos o auriculares.
¿Qué tipo de casco debemos utilizar?
Los conductores de los ciclomotores, deberán utilizar adecuadamente un casco homologado, tanto en vías urbanas como interurbanas, salvo cuando el ciclomotor cuente con estructura de protección y esté dotado de cinturón de seguridad, en cuyo caso, deberán utilizarlo, estando exento de utilizar el casco de protección.
¿Es obligatorio pasar la ITV?
La obligación de someterse a la inspección técnica periódica para los ciclomotores comenzó en 2007. Para un ciclomotor de dos ruedas, la inspección debe realizarse a los tres años de antigüedad del ciclomotor y las siguientes cada dos años.
El resultado de la inspección se hará constar en la tarjeta ITV del vehículo. Si el resultado de la inspección no es favorable, se concede un plazo para que el titular del ciclomotor subsane los defectos observados quedando el vehículo inhabilitado para circular por las vías públicas, salvo para su traslado al taller. Subsanados estos defectos se presentará el vehículo a una nueva inspección en la misma estación ITV.
¿Puedo llevar un pasajero?
En los ciclomotores, además del conductor puede viajar, siempre que así conste en el permiso de circulación, un pasajero que sea mayor de 12 años, utilice casco de protección, vaya a horcajadas y con los pies apoyados en los reposapiés laterales y utilice el asiento correspondiente detrás del conductor. En ningún caso, el pasajero podrá situarse entre el conductor y el manillar de dirección.
Excepcionalmente, los mayores de 7 años podrán viajar en ciclomotores conducidos por su padre, madre, tutor o personas mayores de edad autorizadas por ellos, siempre que usen casco protector y cumplan los requisitos enunciados en el apartado anterior.
¿Cuál es el espejo retrovisor obligatorio?
Los ciclomotores llevarán obligatoriamente un espejo retrovisor en el lado izquierdo. Opcionalmente, podrán llevar otro en el lado derecho. En el caso de los ciclomotores de tres ruedas y cuadriciclos ligeros construidos con carrocería que cubra al conductor, llevarán además obligatoriamente otro espejo retrovisor interior.
¿Puedo llevar un remolque?
En determinadas circunstancias, podrán arrastrar un remolque o semirremolque, siempre que no supere el 50% de la masa en vacío del vehículo tractor y se cumplan las siguientes condiciones:
- Que la circulación sea de día y en condiciones que no disminuya la visibilidad.
- Que la velocidad a que se circule quede reducida en un 10 por ciento de las velocidades genéricas para estos vehículos.
- Que no se transporten personas en el remolque.
¿Por dónde deben conducir los ciclomotores?
Los ciclomotores, circularán por el arcén de su derecha, si fuera transitable y suficiente, y, si no lo fuera, utilizarán la parte imprescindible de la calzada. Si existiera una vía o parte de la misma que les esté especialmente destinada a los ciclomotores, deberán utilizarla.
Como norma general, no podrán circular en posición paralela con otros vehículos que también circulen por el arcén, salvo los ciclomotores de dos ruedas que podrán circular en columna de a dos, por el arcén cuando sea transitable y suficiente, sin invadir en ningún caso la calzada. En poblado, en calzadas de doble sentido de circulación con dos o más carriles para cada sentido de circulación, separados o no por marcas viales, circularán por el carril de su derecha, siempre que no exista un carril especialmente destinado a su circulación.
Está prohibido que los ciclomotores circulen por las autopistas, autovías y por cualquier otro tipo de vía que estén señalizadas con la señal de circulación prohibida a ciclomotores.
Uso de los espejos retrovisores
Los conductores de ciclomotores deben observar en todo momento las diversas circunstancias del tráfico, bien directamente o a través de los espejos retrovisores.
No harán nada que impida tener un correcto campo de visión, como, por ejemplo, transportar algún objeto que impida observar correctamente el retrovisor.
* Última actualización de la normativa de esta página el 29/06/22.